REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, cuatro de junio de dos mil nueve
199º y 150º
Nº de Resolución: PJ0242009000061
Visto el desistimiento efectuado en el presente Juicio por el Ciudadano JOHN RICHARDS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.677.175, e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 75.141, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JORGE LUIS CASELLA SALAZAR, parte actora en el presente Juicio, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte su HOMOLOGACIÓN, teniéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Se ordena dejar sin efecto la medida de secuestro y el exhorto de citación librado al Juzgado del Municipio Atures del Estado Amazonas.- Se ordena la devolución de los documentos originales que acompañaron la presente demanda cursantes a los folios del Cuatro (04) al Diez (10).-Previa certificación por secretaría.-Líbrese Oficio
LA JUEZA TEMPORAL

Abg.- MERLID ELIZABETH FIGUEREDO.-

LA SECRETARIA

Abg.- LOYSI MERIDA AMATO

MEF/Orlando.-
ASUNTO: FP02-V-2009-000734