REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO


ACTA

ASUNTO No. FP02-R-2009-00000180


En horas de despacho del día de hoy, treinta de junio del año dos mil nueve, compareció ante la Secretaría de este Tribunal el ciudadano ALCIDES SANCHEZ NEGRON, en su condición de Juez Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, y expuso: “Por cuanto en la presente causa es coapoderado judicial de la parte demandante el Abogado PEDRO OVIEDO, con quien tengo enemistad, según es público y notorio pero dejando claro que mi inhibición es tan sólo por la enemistad existente con el abogado PEDRO OVIEDO, y no con las abogadas LILINA NUÑEZ y TATIANA BENAVIDES REYES; enemistad que puede comprometer mi competencia subjetiva y afectar la ajenidad que obliga a todo Juez para impartir justicia recta y objetivamente, ME INHIBO de conocer este asunto, basándome para ello en el Artículo 31.6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conforme firma.
EL JUEZ,


ALCIDES SÁNCHEZ NEGRÓN
LA SECRETARIA,


MARIA VIRGINIA SIFONTES AVILÉZ