REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-V-2009-003104
Revisadas las presentes actuaciones y habida consideración que, la pretensión formulada por el abogado ARGENIS ROMAN, Inpreabogado N° 23, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana THANIA YSOLINA GONZALEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 7.446.454, implica un pronunciamiento de Declaración de Unión Concubinaria, propia del contradictorio ordinario, Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, NIEGA su admisión por la vía especial de Solicitud.
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger José Adán Cordero


OERL/Ihp.-