REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2008-013477
Rect.Part.
C.F.
La ciudadana MARIA OLIVA POSADA DE RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 14.760.754, de este domicilio, asistida por el abogado Rogelio Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.178, solicitó la rectificación del Acta de Defunción de su cónyuge EDUARDO RODRIGUEZ FLORES (difunto), la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Defunciones, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 2269, folio 136 fte, del año 1.996, en el sentido que, erróneamente fue transcrito el nombre de la solicitante en dicha acta, la cual aparece como “MARTHA HENAO DE RODRIGUEZ” siendo lo correcto que dejó “MARIA OLIVA POSADA DE RODRIGUEZ”. Acompañó copia certificada del Acta de Defunción del cónyuge de la solicitante, copia certificada del acta de matrimonio de la solicitante y copia de la cedula de identidad de la solicitante. Fue admitida la solicitud en fecha trece (13) de abril de dos mil nueve, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público (f. 16). En fecha 21/05/2.009, compareció por ante este Tribunal la ciudadana MARIA POSADA DE RODRIGUEZ, asistida por el abogado Rogelio Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.178 y solicitó librar nuevo edicto por cuanto el libelo presentó un error en el nombre de la solicitante (f. 18). En fecha 26/05/2.009, se dictó auto acordando librar nuevo edicto (f. 19). En fecha 08/07/2.009, compareció por ante este Tribunal la ciudadana MARIA POSADA DE RODRIGUEZ, asistida por el abogado Rogelio Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.178 y consignó publicación del edicto solicitado (f. 22).
Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Acta de Defunción y así se declara.
Por los razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, efectuada por la ciudadana MARIA OLIVA POSADA DE RODRIGUEZ y en consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el Acta de Defunción inscrita bajo el N° 2269, folio 136 fte, del año 1.996, en el sentido que, erróneamente fue transcrito el nombre de la solicitante en dicha acta, la cual aparece como “MARTHA HENAO DE RODRIGUEZ” siendo lo correcto que dejó “MARIA OLIVA POSADA DE RODRIGUEZ”. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintisiete (27) días del mes de Julio de dos mil nueve. AÑOS: 199° y 150°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec.-
MJP/Mónica
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