REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2008-016606
Rect.Part.
C.F.
LA SUSCRITA JUEZ TEMPORAL KEYDIS YARAIMA PEREZ OJEDA, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. La ciudadana MIRLA ELIZABETH ARRIETA GARCÍA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.653, actuando en este acto en nombre y representación de los ciudadanos SANTOS SEGUNDO ALVAREZ, JUANA BAUTISTA ALVAREZ y MINERVA DEL CARMEN ALVAREZ QUERALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.735.838, 4.735.837 y 4.735.836, respectivamente, solicitó la rectificación del Acta de Defunción del ciudadano SANTOS ALVAREZ, la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Defunciones, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 571, del año 2.008, en el sentido que, erróneamente fue transcrita la cantidad de hijos que dejó el causante, en donde aparece como que “DEJO TRES HIJOS DE NOMBRES: JESÚS RODOLFO, NAYSAN ALEXANDRA y CARLOS GUSTAVOS (MAYORES DE EDAD)”, siendo lo correcto que “DEJO SEIS HIJOS DE NOMBRES: JESÚS RODOLFO, NAYSAN ALEXANDRA, CARLOS GUSTAVOS, SANTOS SEGUNDO, JUANA BAUTISTA y MINERVA DEL CARMEN (TODOS MAYORES DE EDAD)”. Acompañó copia certificada del Acta de Defunción del cónyuge de la solicitante y copia certificada de las partidas de nacimiento de los hijos de la solicitante. Fue admitida la solicitud en fecha diecisiete (17) de diciembre de dos mil ocho, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público, publicar un edicto y consignar partidas de nacimiento de los hijos del causante (f. 10). En fecha 28/01/2.009, Se dio por notificada la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 14). En fecha 25/03/2.009, compareció por ante este Tribunal la abogada YANETH SANTIAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.225 y consignó edicto debidamente publicado (f. 16). En fecha 13/07/2.009, compareció por ante este Tribunal la abogada YANETH SANTIAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.225 y consignó partidas de nacimiento de los hijos del causante, solicitadas en autos (f. 19).
Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Acta de Defunción y así se declara.
Por los razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, efectuada por la abogada MIRLA ELIZABETH ARRIETA GARCÍA, actuando en este acto en nombre y representación de los ciudadanos SANTOS SEGUNDO ALVAREZ, JUANA BAUTISTA ALVAREZ y MINERVA DEL CARMEN ALVAREZ QUERALES y en consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el Acta de Defunción inscrita bajo el N° 571, del año 2.008, en el sentido que, erróneamente fue transcrita la cantidad de hijos que dejó el causante, en donde aparece como que “DEJO TRES HIJOS DE NOMBRES: JESÚS RODOLFO, NAYSAN ALEXANDRA y CARLOS GUSTAVOS (MAYORES DE EDAD)”, siendo lo correcto que “DEJO SEIS HIJOS DE NOMBRES: JESÚS RODOLFO, NAYSAN ALEXANDRA, CARLOS GUSTAVOS, SANTOS SEGUNDO, JUANA BAUTISTA y MINERVA DEL CARMEN (TODOS MAYORES DE EDAD)”. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los diecisiete (17) días del mes de Julio de dos mil nueve. AÑOS: 199° y 150°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec.-
MJP/Mónica
|