REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2009-003589
Vista la solicitud que procede suscrita por el ciudadano (a) FRANCISCO JAVIER BASTIDAS GRATEROL, Venezolano (a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.609.727, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 15.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano (a) FRANCISCO JAVIER BASTIDAS GRATEROL, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: POSESION LA AMAREÑA O LAGUNITA DE VASQUEZ, SITUADO EN EL SECTOR LA LAGUNA, PAVIA CALLEjON 2B, CASA S/N, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderada así: NORTE: En linea de 31,m00 mts. con terrenos ocupados por Jorge Riera; SUR: En linea de 31,00 mts. con terrenos ocupados por la Familia Suárez; ESTE: En linea de 28,00 mts. con la calle 2B, que es su frente y OESTE: En linea de 28,00 mts. con terrenos ocupados por la Familia Ruiz. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. BIANCA ESCALONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste.
HRPB/BE/ij.