REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barquisimeto
Barquisimeto, 23 de julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2003-006714
ASUNTO : KP01-P-2003-001250
OTORGAMIENTO DE PERMISO
Revisado el presente asunto en relación al penado JOSE ALBERTO ALEJOS ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº 12.082.883, y constatado lo peticionado por el penado, en relación al Otorgamiento de permiso, este Tribunal a los fines de decidir observa:
Vista la solicitud realizada por la Directora del C.T.C. “Dra. Nildsa Lucrecia Hernandez”, donde por medio de escrito constante de un (01) folio útil solicita se otorgue permiso por dos (02) días al penado antes identificado a los fines de que se traslade a la ciudad de Puerto Cabello para presentar ante el Registro Civil a presentar a su menor hija. Este tribunal pasa a decidir lo siguiente:
• Que es obligación del Estado Venezolano permitir que los niños y niñas puedan tener la identidad indicando quienes son sus padres en su partida de nacimiento.
• Que en atención a lo establecido en le Artículo 8 de la LOPNNA, priva el interés superior del niño, entre ellos el derecho a la identidad y a ser reconocidos por sus padres en el Registro Civil.
El penado para asistir a dicho evento lo hará mediante sus propios medios, permitiéndosele a causa de esta actividad pernoctar fuera de la institución solo los días 26 y 27 de julio del 2009, para posteriormente reincorporarse a sus condiciones habituales de cumplimiento del beneficio de régimen abierto y así se decide.
Por las Razones antes expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: OTORGA al penado JOSE ALBERTO ALEJOS ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº 12.082.883, permiso para presentar a su menor hija en la ciudad de Puerto Cabello Estado Carabobo, los días 26 y 27 de julio de 2009, debiendo reincorporarse en el CTC “Dra. Nilda Lucrecia Hernández” el día 28 de julio de 2009. Líbrense las boletas y oficios respectivos.
EL JUEZ
ABG. EDWIN ANDUEZA AMARO
LA SECRETARIA
|