REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE JUICIO NO. 2
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 27 de Julio de 2009
Años: 199º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2007-000588

Visto escrito presentado por la Abogada MARITZA HERRERA, actuando como abogada de confianza de los Ciudadanos: JOSE SEQUERA TORREALBA y FRAN ALEJANDRO MELENDEZ RODRIGUEZ, plenamente identificados en autos, quien solicita nulidad absoluta de actuaciones existente en este asunto, e igualmente solicita se ordene la ejecución de prueba acordada por el Tribunal de Control, pendiente por trámite, este tribuna a los fines de proveer observa:

Al folio uno del asunto consta acta de investigación de fecha 7-2-07

Al folio 138 cursa escrito acusatorio por ser responsables de la comisión de los delitos de: PECULADO DOLOSO PROPI( Art. 52 de la Ley contra la Corrupciòn) para EMERITA DE LA CHIQUINQUIRA MARCHAN. PECULADO DOLOSO IMPROPIO CONTINUADO (Art. 52 de la Ley Contra La Corrupción en concordn ia con el art. 99 del Còdigo Penal ) para JOSE PAUSIDES SEQUERA TORREALBA y PECULADO DOLOSO IMPROPIO CONTINUADO, bajo la participación de facilitador simple (Art. 52 de la Ley Contra la Corrupción en concordancia con los Arts. 84.3 y 99del Código Penal) para FRAN ALEJANDRO MELENDEZ RODRIGUEZ.

Al folio 264 cursa Acta contentiva de Audiencia Preliminar de fecha 22 de Junio de 2007, en la misma se acordó admitir la acusación y los medios de prueba. Admite los medios de prueba señalados a la defensa, con mención expresa acordando se realice una segunda prueba Grafotécnica, en la Ciudad de Caracas.

Cursa al folio 277 comunicación dirigida al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la ciudad de Caracas, solicitando se designen los expertos que habrán de realizar experticia Grafotécnica.

Al folio 14 del asunto cursa Auto de Apertura a Juicio de fecha 14-8-07

Al folio 308 cursa auto dando ingreso al asunto al Tribunal de juicio en fecha 30-10-07

Al folio 427 cursa auto de fecha 7-4-08 ratificando oficio a los fines de realizar Experticia Grafotécnica

Al folio 15 de la tercera p8ieza consta acta de Constitución de Tribunal Mixto con Escabinos y convocatoria a Juicio Oral y Público para el día 23 de Mayo de 2008 a las 9:00 am.

Al folio 30.3 cursa acta de inhibición del Juez de Juicio No. 6, por lo que se remiten las actuaciones a otro tribunal de Juicio.
Al folio 31.1. cursa auto de ingreso al Tribunal de Juicio No. 6 de fecha 4-6-08 fijando a juicio el día 2-12-08 a las 9:00 a.m. el cual se difiere por ausencia de un Escabino, se fija nueva oportunidad para el día 30-6-09

Cursa al folio 131 auto del Tribunal de fecha 30-6-09 ordenando el diferimiento del juicio oral y público por ausencia de los Escabinos y ordenando la realización de nuevo Sorteo Extraordinario, a los fines de Constituir el Tribunal Mixto.

Cursa al folio 133 acta acordando la constitución de Tribunal Mixto para el día 13-8-09


Ahora bien la defensa Abogada Maritza Herrera solicita nulidad de las actuaciones por presunta violación al derecho a la defensa, sobre tal petitum el Tribunal solo emitirá pronunciamiento una vez se constituya en Sala como punto previo, a los fines de garantizar a todas las partes el derecho a la igualdad y control de lo acontecido, siendo pertinente resolver por vía de incidencia conforme a lo establecido en el artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal y así se establece.

Por otra parte se observa que efectivamente el Tribunal de Control ordeno la realización de prueba Grafotécnica, por expertos en la ciudad de Caracas, sin que conste en autos respuesta alguna sobre las comunicaciones remitidas por el tribunal al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. No obstante considera esta juzgadora que a los fines de hacer efectivo y realmente eficiente la solicitud pendiente, se hace necesario NOTIFICAR a la defensa para que aporte al tribunal los elementos o muestras sobre los que versara la prueba Grafotécnica, o sea, a quien o quienes se le va a realizar, y con cual elemento escrito desea, se compare los resultados de la prueba obtenida, una vez se tenga la información precisa, el tribunal oficiara lo conducente a objeto de lograr a la brevedad posible se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de Control.

Notifíquese, regístrese, ofíciese y cúmplase.

La Jueza de Juicio No. 2

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez



El Secretario


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos


El Secretario