REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Laboral de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, trece de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2008-001232
ASUNTO : FP11-L-2008-001232

Visto el desistimiento de la demanda incoada por los ciudadanos: OSWALDO JARAMILLO, AGUSTIN MATA y ROBERTO RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V8.534.090, V-5.874.573 y V-9.858.410, respectivamente, con el carácter de SECRETARIO GENERAL, el primero, y SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN, el segundo, DEL SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE SUPERMERCADOS. ABASTOS, CARNICERIAS y AFINES DE CIUDAD GUAYANA (SIPTSCA-GUAYANA); asistidos por el abogado TEODORO RODRIGUEZ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 93.382; este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento de la parte actora de la presente demanda, dándole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, en razón de que el mismo no es contrario a derecho dándose por concluido el proceso. Se deja constancia que las partes se encuentran debidamente notificadas de la presente decisión.

Publíquese, regístrese y déjese copia de esta decisión en el compilador respectivo.-

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Quinto De Primera Instancia De Juicio Del Régimen Procesal Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los trece (13) días del mes de Julio de Dos Mil Nueve.- años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
EL JUEZ,

Abg. RENE ARTURO LOPEZ RAMO.-

LA SECRETARIA,


Abg. RAQUEL GOITIA

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las Diez de la mañana (10:00 A.M.).-
LA SECRETARIA

Abg. RAQUEL GOITIA