ASUNTO : FP02-S-2009-002060
RESOLUCIÓN N° PJ0212009000547
SENTENCIA DEFINITIVA
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de-cujus ONDINA VIRGINIA DIAS DE PINO, quien era venezolana, mayor de edad, Titular de la C.I. 14.409.193, fallecida en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, el día 04 de Abril del año 2009, a sus hijos, los niños (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE)y al ciudadano KENY GABRIEL PINO GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° 14.653.679. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la parte interesada y déjese copia certificada de la presente declaración.-
EL JUEZ DE PROTECCION (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PÉREZ
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. MARIA EUGENIA SALAZAR
MAPP/MES/Ramona Evelyn Afanador
La Asistente
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