REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
PUERTO ORDAZ, CATORCE (14) DE JULIO DE 2009
199° y 150°
ASUNTO : FP11-L-2009-000939
PARTE ACTORA: Ciudadanos GERMAN OSUNA, ALEXANDER BARRETO, RONNIE FERNANDEZ, CARLOS MILLAN, DENNYS GUZMAN, LUIS GARCÍA, ARGENIS BRITO, ANDEXON LÓPEZ, JIMMY CORREA, DARWIN MUÑOZ, EDIS CAMPOS Y EMIL SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 14.403.911, 13.552.989, 11.517.039, 10.551.497, 15.355.249, 8.919.566, 11.436.726, 22.592.533, 18.513.392, 14.367.996, 14.089.151 y 17.210.624, respectivamente.
REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Ciudadana ELVIRA GUERRINI, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.527.
PARTE ACCIONADA: SOCIEDAD MERCANTIL SEMAIN, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE ACCIONADA: Ciudadano JORGE LUIS MENDOZA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.113.184.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, catorce (14) de julio de 2009, siendo dos y diez minutos de la tarde (2:10) pm, comparecen por ante este despacho los ciudadanos, comparecen por ante este despacho los ciudadanos : ELVIRA GUERRINI, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.527 en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos GERMAN OSUNA, ALEXANDER BARRETO, RONNIE FERNANDEZ, CARLOS MILLAN, DENNYS GUZMAN, LUIS GARCÍA, ARGENIS BRITO, ANDEXON LÓPEZ, JIMMY CORREA, DARWIN MUÑOZ, EDIS CAMPOS Y EMIL SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 14.403.911, 13.552.989, 11.517.039, 10.551.497, 15.355.249, 8.919.566, 11.436.726, 22.592.533, 18.513.392, 14.367.996, 14.089.151 y 17.210.624, respectivamente, actores en el presente proceso, tal como se evidencia de instrumento poder que riela a los folios treinta y cinco (35) y treinta y seis del expediente, así como también, comparece el comparece el ciudadano JORGE LUIS MENDOZA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.113.184, tal como se evidencia de instrumento poder que presenta en este acto para que surta los efectos legales, quienes manifiestan al Tribunal que renuncian a los lapso de comparecencia a la Audiencia Preliminar en la presente causa, por cuanto han llegado a un acuerdo que esta contenido en escrito de transacción que presentan en este acto en medio magnético para ser agregado a la presente acta, a los fines de presente litigio, en tal sentido, solicitan se Instale la Audiencia Preliminar. De seguidas la ciudadana Juez, concede lo solicitado y da inicio a la Audiencia Preliminar, en este estado concede el derecho de palabra a los comparecientes y en el uso de ese derecho la representación judicial de la demandada de autos manifiesta” con el objeto de dar por terminado este procedimiento hemos convenido en celebrar el presente acuerdo, el cual contiene lo siguiente: “ Yo, ELVIRA GUERRINI, venezolana, de este domicilio, abogada en ejercicio profesional, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 125.527, actuando en mi condición de apodera judicial de los ciudadanos: GERMAN OSUNA, ALEXANDER BARRETO, RONNIE FERNANDEZ, CARLOS MILLAN, DENNYS GUZMAN, LUIS GARCIA, ARGENIS BRITO, ANDEXON LOPEZ, JIMMY CORREA, DARWIN MUÑOZ, EDIS CAMPOS Y EMIL SANCHEZ, mayores de edad, domiciliados en Ciudad Guayana, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, titulares de las Cédulas de Identidad Números 14.403.911, 13.552.989, 11.517.039, 10.551.497, 15.355.249, 8.919.566, 11.436.726, 22.592.533, 18.513.392, 14.367.996, 14.089.151 Y 17.210.624, respectivamente, según poder especial laboral que fue presentado a efectum vivendi, consignando copia del mismo marcado A-1 el cual fue autenticado por ante la Notaria Pública Primera de Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar en fechas 4 de Junio de 2009, quedando anotado bajo el Nº 61, tomo 91 de los libros de autenticaciones llevados por la referida notaria; por una parte; y por la otra el ciudadano JORGE LUIS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, identificado con la cédula de identidad Nº 8.962.214, abogado en ejercicio profesional, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 113.184, en su condición de apoderado judicial de SEMAIN, C.A., Sociedad Mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, en fecha 12 de Diciembre de 2003, bajo el Nro. 45, tomo 42.A – pro, siendo su última modificación en fecha 29 de Septiembre de 2004, anotado bajo el Nº 51, tomo 43-A-Pro (en lo sucesivo “Mi Representada”), según como consta de instrumento poder que presento a efectum videndi, consignando copia del mismo marcado “B1”, el cual fue autenticado por ante la Notaria Pública Segunda de Puerto Ordaz, en fecha 09 de Julio de 2007, quedando anotado bajo el No.65, tomo 187 de los libros de autenticaciones respectivos llevados por dicha notaria, con el debido respeto y consideración ocurrimos a usted para presentar Transacción Laboral en los siguientes términos:
TRANSACCIÓN LABORAL
PRIMERA: LAS PARTES hemos convenido en celebrar una Transacción de Naturaleza Laboral, a fin de evitar la continuación de la presente demanda, así como los daños y perjuicios que podamos ocasionar, entre otros, de mutuo y amistoso acuerdo, acordamos en celebrar la siguiente Transacción Laboral que se regirá por las cláusulas siguientes:
SEGUNDA: Consta de expediente Nº FP11-L-2009-939 el cual cursa por ante el “TRIBINAL TERCERO DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENCION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ que LOS DEMANDANTES presentaron una demanda, en contra de la Sociedad Mercantil SEMAIN, C.A., en la cual manifiestan haber ingresado a trabajar para LA DEMANDADA, desde el día 15 de agosto de 2007, 15 de agosto de 2007, 15 de agosto de 2007, 15 de agosto de 2007, 25 de agosto de 2007, 9 de septiembre de 2007, 15 de octubre de 2007, 20 de enero de 2008, 23 de enero de 2008, 23 de julio de 2007, 7 de agosto de 2007 y 15 de agosto de 2007, respectivamente, en virtud de un contrato individual de trabajo a tiempo indeterminado, hasta el 31 de octubre de 2008, finalizando por despido injustificado. Igualmente, manifiestan haber tenido un salario promedio mensual de Bs. 1.294,00; 1269,00; 1285,00; 1270,00; 1.274,99; 1.273,99; 1.260,43; 1.259,99; 1258,65; 1.253,00; 1288,45 y 1.270,00, respectivamente; además se estableció que sus salarios integral diario era de Bs. 56,58, Bs. 55,49, Bs.56,19, Bs.55,53, Bs.55,75, Bs. 55,71, Bs.55,11, Bs.55,09, Bs. 55,03, Bs. 54,79, Bs.56,34 y Bs.655,53, el cual estaba compuesto por la fracción de bono vacacional (8 días) y la alícuota de utilidad (70 días) y que con dicho salario integral deben ser calculadas los conceptos derivados del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo; ocupando el cargo de obreros todos, y que le corresponden los siguientes Derechos y beneficios:…………………
1) GERMAN OSUNA
ANTIG. (ART. 108) 55,00 DIAS X Bs. Bs. 2.813,67
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 46,21 Bs. 924,29
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 46,21 Bs. 369,71
VACACIONES FRAC. 2008 3,33 DIAS X Bs. 46,21 Bs. 153,89
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 1,33 DIAS X Bs. 46,21 Bs. 61,47
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 47,37 Bs. 2.763,07
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 288,48
CESTA TICKET 2008 332,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.565,00
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 56,58 Bs. 1.697,41
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 56,58 Bs. 2.546,12
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 Bs. - 3.513,98
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 12.669,13
2) ALEXANDER BARRETO
ANTIG. (ART. 108) 55,00 DIAS X Bs. Bs. 2.879,07
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 45,32 Bs. 906,43
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 45,32 Bs. 362,57
VACACIONES FRAC. 2008 3,33 DIAS X Bs. 45,32 Bs. 150,92
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 1,33 DIAS X Bs. 45,32 Bs. 60,28
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 46,45 Bs. 2.709,69
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 298,38
CESTA TICKET 2008 332,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.565,00
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,49 Bs. 1.664,62
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 55,49 Bs. 2.496,93
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 DIAS X Bs. Bs. - 3.358,95
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 12.734,94
3) RONNIE FERNANDEZ
ANTIG. (ART. 108) 55,00 DIAS X Bs. Bs. 2.791,63
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 45,89 Bs. 917,86
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 45,89 Bs. 367,14
VACACIONES FRAC. 2008 3,33 DIAS X Bs. 45,89 Bs. 152,82
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 1,33 DIAS X Bs. 45,89 Bs. 61,04
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 47,04 Bs. 2.743,85
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 282,00
CESTA TICKET 2008 332,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.565,00
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 56,19 Bs. 1.685,61
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 56,19 Bs. 2.528,41
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 DIAS X Bs. Bs. - 3.1442,8
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 12.951,08
4) CARLOS MILLAN
ANTIG. (ART. 108) 55,00 DIAS X Bs. Bs. 2.806,68
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 907,14
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 362,86
VACACIONES FRAC. 2008 3,33 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 151,04
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 1,33 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 60,33
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 46,49 Bs. 2.711,82
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 289,15
CESTA TICKET 2008 332,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.565,00
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,53 Bs. 1.665,93
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 55,53 Bs. 2.498,89
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 Bs. - 3.745,56
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 12.273,28
5) DENNYS GUZMAN
ANTIG. (ART. 108) 55,00 DIAS X Bs. Bs. 2.821,51
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 45,54 Bs. 910,71
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 45,54 Bs. 364,28
VACACIONES FRAC. 2008 3,33 DIAS X Bs. 45,54 Bs. 151,63
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 1,33 DIAS X Bs. 45,54 Bs. 60,56
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 46,67 Bs. 2.722,48
INTERESES PRESTACIONES Bs. 289,66
CESTA TICKET 2008 332,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.565,00
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,75 Bs. 1.672,48
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 55,75 Bs. 2.508,71
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 DIAS X Bs. Bs. - 3.496,81
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 12.570,21
6) LUIS GARCIA
ANTIG. (ART. 108) 50,00 DIAS X Bs. Bs. 2.560,73
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 45,50 Bs. 909,99
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 45,50 Bs. 364,00
VACACIONES FRAC. 2008 1,66 DIAS X Bs. 45,50 Bs. 75,53
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 0,67 DIAS X Bs. 45,50 Bs. 30,48
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 46,64 Bs. 2.720,34
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 240,03
CESTA TICKET 2008 311,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.276,25
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,71 Bs. 1.671,16
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 55,71 Bs. 2.506,75
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 DIAS X Bs. Bs. - 3.642,59
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 11.712,67
7) ARGENIS BRITO
ANTIG. (ART. 108) 45,00 DIAS X Bs. Bs. 2.233,97
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 45,02 Bs. 900,31
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 45,02 Bs. 360,12
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 46,14 Bs. 2.691,39
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 194,69
CESTA TICKET 2008 286,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 3.932,50
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,11 Bs. 1.653,38
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 55,11 Bs. 2.480,06
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 DIAS X Bs. Bs. - 2.666,00
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 11.780,42
8) ANDEXON LOPEZ
ANTIG. (ART. 108) 45,00 DIAS X Bs. Bs. 2.260,78
VACACIONES FRAC. 2008 15,00 DIAS X Bs. 45,00 Bs. 674,99
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 6,00 DIAS X Bs. 45,00 Bs. 270,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 52,50 DIAS X Bs. 46,12 Bs. 2.421,54
INTERESES PRESTACIONES Bs. 195,13
CESTA TICKET 2008 209,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 2.873,75
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,09 Bs. 1.652,80
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,09 Bs. 1.652,80
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 DIAS X Bs. Bs. - 2.492,85
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 9.508,94
9) JIMMY CORREA
ANTIG. (ART. 108) 45,00 DIAS X Bs. Bs. 2.300,84
VACACIONES FRAC. 2008 15,00 DIAS X Bs. 44,95 Bs. 674,28
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 6,00 DIAS X Bs. 44,95 Bs. 269,71
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 52,50 DIAS X Bs. 46,08 Bs. 2.418,97
INTERESES PRESTACIONES Bs. 198,08
CESTA TICKET 2008 209,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 2.873,75
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,03 Bs. 1.651,04
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,03 Bs. 1.651,04
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 DIAS X Bs. Bs. - 2.778,67
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 9.259,04
10) DARWIN MUÑOZ
ANTIG. (ART. 108) 60,00 DIAS X Bs. Bs. 3.022,89
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 44,75 Bs. 895,00
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 44,75 Bs. 358,00
VACACIONES FRAC. 2008 5,00 DIAS X Bs. 44,75 Bs. 223,75
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 2,00 DIAS X Bs. 44,75 Bs. 89,50
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 45,87 Bs. 2.675,52
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 335,80
CESTA TICKET 2008 342,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.702,50
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 54,79 Bs. 1.643,63
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 54,79 Bs. 2.465,44
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 Bs. - 3.624,16
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 12.787,88
11) EDIS CAMPOS
ANTIG. (ART. 108) 55,00 DIAS X Bs. Bs. 2.805,02
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 46,02 Bs. 920,32
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 46,02 Bs. 368,13
VACACIONES FRAC. 2008 3,33 DIAS X Bs. 46,02 Bs. 153,23
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 1,33 DIAS X Bs. 46,02 Bs. 61,20
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 47,17 Bs. 2.751,22
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 287,75
CESTA TICKET 2008 332,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.565,00
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 56,34 Bs. 1.690,13
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 56,34 Bs. 2.535,20
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 Bs. - 3.338,04
Bs.
TOTAL DIFERENCIA Bs. 12.799,16
12) EMIL SANCHEZ
ANTIG. (ART. 108) 55,00 DIAS X Bs. Bs. 2.806,68
VACACIONES 2007-2008 20,00 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 907,14
BONO VACIONAL 2007-2008 8,00 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 362,86
VACACIONES FRAC. 2008 3,33 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 151,04
BONO VACACIONAL FRAC. 2008 1,33 DIAS X Bs. 45,36 Bs. 60,33
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 58,33 DIAS X Bs. 46,49 Bs. 2.711,82
INTERESES PRESTACIONES DIAS X Bs. Bs. 289,15
CESTA TICKET 2008 332,00 DIAS X Bs. 13,75 Bs. 4.565,00
indemnización por despido injustificado ART.125 LOT 30,00 DIAS X Bs. 55,53 Bs. 1.665,93
indemnización sustitutiva del preaviso ART.125 LOT 45,00 DIAS X Bs. 55,53 Bs. 2.498,89
LIQUID. DE PRESTACIONES SOCIALES 31-10-08 Bs. - 3.105,58
Bs.
SUB -TOTAL ASIGNACIONES Bs. 12.913,26
TERCERA: LA DEMANDADA por su parte alega que en ningún momento los despidieron injustificadamente y que por el contrario en fecha 31-10-2008 finalizó la relación de trabajo por culminación de contrato, debiéndole cancelar únicamente lo contemplado en los artículos 108, 174, 219 y 223 de la Ley Orgánica del Trabajo, los cuales se refieren a la Antigüedad, Utilidades Vacaciones y bono por vacaciones, razón por la cual la Sociedad Mercantil SEMAIN, C.A., le presentó su liquidación de contrato en la cantidad de Bs. 3.513,98, Bs. 3.358,95, Bs. 3.142,80; Bs. 3.745,56; Bs. 3.496,81; Bs. 3.642,59; Bs. 2.666,,00; Bs. 2.492,85; Bs.2.778,67; Bs. 3.624,16; Bs. 3.338,04 y Bs. 3.105,58 respectivamente………………………………………………………………………………
CUARTA: LOS DEMANDANTES no aceptan tal liquidación como definitiva, y solicitan a la DEMANDADA le cancelen la cantidad por concepto de diferencias de la totalidad de los beneficios adquiridos durante la vigencia de la relación laboral..................................................
QUINTA: LAS PARTES de mutuo y común acuerdo, sin presión y coerción alguna en pleno ejercicio de sus libertades, luego de haber discutido ampliamente y haber enfrentado sus diferencias de criterios en cuanto a sus derechos discutidos en esta transacción, haciéndose mutuas y recíprocas concesiones, con el fin de dar por terminados el presente procedimiento convienen en fijar como arreglo definitivo de todos y cada uno de los conceptos que le correspondan o puedan corresponder a LOS DEMANDANTES lo siguiente:
1) GERMAN OSUNA
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
2) ALEXANDER BARRETO
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
3) RONNIE FERNANDEZ
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
4) CARLOS MILLAN
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
5) DENNYS GUZMAN
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
6) LUIS GARCIA
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
7) ARGENIS BRITO
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
8) ANDEXON LOPEZ
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 490,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.000,00
9) JIMMY CORREA
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 490,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.000,00
10) DARWIN MUÑOZ
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
11) EDIS CAMPOS
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
12) EMIL SANCHEZ
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGÜEDAD 500,00
VACACIONES 2007-2008 440,00
BONO VACACIONAL 2007-2008 50,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2008 50,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2008 10,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2008 500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES 50,00
CESTA TICKETS 300,00
INDENNIZACION POR DESPIDO ART 125 300,00
INDENNIZACION POR PREAVISO ART 125 300,00
TOTAL TRANSADO 2.500,00
SEXTA: LOS DEMANDANTES declaran, libre de constreñimiento, su total conformidad con la presente transacción en virtud de la cantidad que se estipuló en la misma y convienen y reconocen que mediante la transacción que aquí se ha celebrado, han evitado las molestias, gastos inseguridades, demoras e inconvenientes en que hubieran incurrido de haber continuado con la demanda y sin que puedan tener la certeza de obtener un pronunciamiento conforme a sus planteamientos, reconociendo igualmente que nada más le corresponden ni queda por reclamar por los conceptos anteriormente señalados y por cualquier otro concepto o beneficio relacionado con los servicios que prestaron a la Sociedad Mercantil SEMAIN, C.A., otorgándole un finiquito total y definitivo; quedando entendido que cualquier cantidad de mas o menos queda bonificada a las partes beneficiadas por vía transaccional aquí escogida……………………………………………………………………………………………
SEPTIMA: LOS DEMANDANTES declaran espontáneamente que como consecuencia de la firma de la presente transacción laboral y el recibo de la suma señalada anteriormente renuncian y desisten expresamente a toda acción y procedimiento en contra de SEMAIN, C.A., ya que la intención de las partes con el presente acuerdo es excluir toda posibilidad que pueda plantearse en el futuro referente alguna reclamación judicial o extrajudicial que tenga su origen en la relación de trabajo que vinculó a las partes, sea cual fuere su causa.......
OCTAVA: LAS PARTES establecen de común acuerdo que el monto total fijado por arreglo definitivo de la presente causa es la cantidad de BOLÍVARES VEINTINUEVE MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 29.000,00), el cual es cancelado a LOS DEMANDADOS en este acto mediante cheques no endosable a nombre de los trabajadores, girado contra el Banco Guayana, de la cuenta N° 00080004080000477261, de JORGE MENDOZA.
NOVENA: LAS PARTES eligen Para todos los efectos de esta transacción laboral como único y especial domicilio, con exclusión de cualquier otro, a la Ciudad de Puerto Ordaz, a cuyos Tribunales las partes someterán cualquier controversia en virtud del mismo………….....
DECIMA: LAS PARTES solicitamos a este respetable despacho la homologación del presente acuerdo y que al mismo le sea otorgado el carácter de cosa juzgada, siendo que este no vulnera derechos irrenunciables, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 1.718 del Código Civil; 256 del Código de Procedimiento Civil; y 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como lo previsto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por último solicitamos se habilite el tribunal para lo cual juramos la urgencia del caso………………..................................
Que dios guarde y proteja a quien tiene la delicada y sagrada misión de administrar justicia, en la Ciudad de Puerto Ordaz, a los 14 días del Mes de Julio de 2009.”
Visto el acuerdo alcanzado por las partes observa este Tribunal que el mismo se realizó por la cantidad total de VEINTINUEVE MIL BOLÍVARES CON 00/100 CENTIMOS,(BS. 29.000,00), DICHA CANTIDAD SERÁ DISTRIBUIDA DE LA SIGUIENTE MANERA:: Al ciudadano GERMAN OSUNA, cheque no endosable, signado con el N° 47872701, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); Al ciudadano ALEXANDER BARRETO, cheque no endosable, signado con el N° 47872705 por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); Al ciudadano RONNIE FERNANDEZ, cheque no endosable, signado con el N° 47872706, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); Al ciudadano CARLOS MILLAN, cheque no endosable, signado con el N° 47872707, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); al ciudadano DENNYS GUZMAN, cheque no endosable, signado con el N° 47872708, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); Al ciudadano LUIS GARCIA, cheque no endosable, signado con el N° 47872709, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); al ciudadano, ARGENIS BRITO cheque no endosable, signado con el N° 47872715, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); al ciudadano ANDERSON LÓPEZ, cheque no endosable, signado con el N° 47872711, por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.000,00); al ciudadano JIMMY CORREA, cheque no endosable, signado con el N° 47872712, por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.000,00); al ciudadano DARWIN MUÑOZ, cheque no endosable, signado con el N° 47872710, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); al ciudadano EDIS CAMPOS, cheque no endosable, signado con el N° 47872713, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00); y al ciudadano EMIL SANCHEZ, cheque no endosable, signado con el N° 47872714, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CNTMS (BS. 2.500,00). En este estado, la representación judicial de la parte actora ratifica su conformidad con el acuerdo celebrado, y en consecuencia declara que con la cantidad de dinero ofrecida en pago a los actores en el presente proceso quedan cancelados todos los conceptos demandados, desistiendo de cualquier otra pretensión que con ocasión de la relación laboral que unió a los demandantes con la demandada pudiera ser procedente, pues declara que con la cantidad acordada nada mas adeudaría la demandada a los demandante por los conceptos correspondientes y derivados de la terminación de la relación laboral”. En merito a lo antes expuesto Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en virtud de que la MEDIACIÓN HA SIDO POSITIVA, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 89 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículos 1713 del Código Civil Venezolano y 255 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO ENTRE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, dando así por terminado el presente procedimiento. Se deja constancia que la ciudadana Juez presenció la entrega de los instrumentos Bancario a la representación judicial de los demandante, quien se encuentra acreditada para ello mediante poder cursante en el expedinet. Se ordena el archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, catorce (14) días del mes de julio de 2009 (14/07/09), Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,
ABOG. DAISY LUNAR CARRIÓN.
LA SECRETARIA,
LOS COMPARECIENTES.
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