REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 17/02/2009, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Carrera 2 Vereda 3 entre 19 y 20 N° 19-72 de Barrio Unión- Barquisimeto. El Tribunal dio los toques de ley, nadie respondió, por lo que hace uso de la facultad conferida en el Art. 591 del C.P.C. nombra y juramenta Cerrajero al Ciudadano Rafael A. Arias M. Aperturado el inmueble se presenta la Ciudadana Luimar Solinny Franco Mora y se impuso de la misión del Tribunal y pide no se trasladen sus bienes a la depositaria que él se hará cargo de ellos llevándolos a la Carrera 3 con Calle 9 Casa N° 9-19 de Barrio Unión. La Notificada asistida por el Dr. Gustavo Morón P., I.P.S.A. N° 18.845, pide le concedan plazo improrrogable de 3 meses., comprometiéndose en garantía de fiel cumplimiento la Dra. Ana M. Angulo, Sindico procurador Municipal, Dra. Milagro Odreman, Coordinadora de Asuntos Administrativos de la Sindicatura, Dra. Iveida López Coordinadora General de la Sindicatura......Ciudadanas: Miriam Morales, Contralor Social del Consejo Comunal, Aura Sánchez de Domínguez, del Comité de Información del Consejo Comunal, Aura Colmenárez, Coordinadora de Tierras Urbanas del Consejo Comunal. La Parte Actora manifiesta que llegado el día de entrega (17/05/2009), se deberá consignar las llaves en el Tribunal, caso contrario se notificará al Síndico y demás involucrados en este acto. Se deja constancia, a solicitud de la Parte Actora, que de llegarse al desalojo por incumplimiento, todos los gastos serán sufragados por el demandado, quien presente en este acto manifiesta conformidad con lo solicitado. Se regresó a la sede siendo las 11:30 am.