REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-017114
El ciudadano RAFAEL SIMÓN CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.728.551, de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su padre como: “ELBA CAMPOS”, siendo su nombre correcto: “MARIA EVA CAMPOS”.- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, del ciudadano RAFAEL SIMÓN CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.728.551, de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su padre como: “MARIA EVA CAMPOS”.- En consecuencia, se ordena al Prefecto del Municipio Crespo del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 557, folio 141fte, de fecha 29 de Junio de 1.948. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los nueve (09) días del mes de febrero de 2009. Años. 198º y 149º.-
El Juez., La Secretaria Acc.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona
Publicada a la fecha.
HRPB/Be/vcg
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