REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-011636
La Ciudadana CARMEN XIOMARA OVIEDO PARRA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. V-4.385.027, solicitó la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano VICENTE MONSALVE (esposo de la solicitante), ya que por error involuntario se identifico a los hijos como "YOSELIN, MASSIEL, OLGA, ESPERANZA, MOISES y AYMARA”, siendo las dos primeras y la cuarta incorrecta, siendo lo correcto “NEREIDA YOSELIN, JOSEFA MASSIEL y HAIDEE ESPERANZA”, La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público y se libró edicto, el cual fue publicado en fecha 31-10-2008.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA RECTIFICAR EL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano VICENTE MONSALVE (esposo de la solicitante), en el sentido que figuren las dos primeras hijas y la cuarta como “NEREIDA YOSELIN, JOSEFA MASSIEL y HAIDEE ESPERANZA”, En consecuencia ordena a la Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Acta de Defunción N° 722, durante el año 2008. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Seis días del mes de Febrero de dos mil nueve. Años 198º y 149º.
El Juez., La Secretaria Acc.,
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona.
HRPB/BE/Loreand
LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-
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