REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO : KP02-M-2006-000150
Visto la diligencia de fecha 24-11-2008, presentada por el Abogado en ejercicio ARABIA MACHADO PERNALETE, en su carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano JESUS LEONARDO MENDOZA, parte demandante, y por la parte demandada el ciudadano MARCOS FELIPE ARANGUREN, donde por una parte el demandado a los fines de cumplir su obligación convenida en la transacción celebrada en fecha 20-07-2006 y homologada en fecha 04-08-2006, ofrece dar en pago el vehículo que fuera embargado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 18-07-2007 y que es de su propiedad, según consta en titulo de registro automotor cursante en autos y aceptada dicha dacion en pago por la parte demandante. Ahora bien, se observa, que el anterior dacion en pago se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Suspéndase la medida.-
El Juez, La Secretaria Acc.,
Abg. Harold R, Paredes Bracamonte. Abg. Bianca Escalona.
HRPB/BE/Loreand La Suscrita Secretaria Accidental del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de sus original. Fecha Ut-Supra.
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