REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto,diecisiete de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-017098


Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana ERIKA YANNERYS SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad números V-17.228.591, de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 5.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano ERIKA YANNERYS SARMIENTO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL MUNICIPIO JOSE MARI ABLANCO DEL DISTRITO CRESPO, CALLE PRINCIPAL CACERIO “ EL TORO VÍA A DUACA ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: Con la carretera principal ; SUR: Terreno de Florinda Sarmiento; ESTE: Terreno de la Sra. Mary Cortes ; y OESTE: Con bienhechurías de Juan Marín . Devuélvanse originales con sus resultas.

EL JUEZ, LA SECRETARIA., ACC.

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. BIANCA ESCALONA
HRPB/LAAE/A.C.





La Suscrita Secretaria Accidental del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.
LA SECRETARIA