REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto 26 de Febrero de 2009


ASUNTO PRINCIPAL No: KP01-D-2007-000458

MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA

Corresponde a este Tribunal de Control Nº 1, FUNDAMENTAR AUDIENCIA de captura realizada en fecha 04 de Febrero de 2009, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, cédula de identidad N° V- de 19 años de edad, fecha de nacimiento 11/05/1989, con domiciliario en la Carrera 14 entre 54 y 55 Barrio Nuevo por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en los artículos 458 del Código Penal. A tal efecto el Tribunal observa:

Se constituye el Tribunal de Control 01, presidido por la Juez Florangel Monasterios, la Secretaria de Sala Abg. Yessenia Herrera y el Alguacil para realizar Audiencia en virtud de captura. Acto seguido la Juez da inicio a la audiencia y se le cede la palabra al ciudadano capturado IDENTIDAD OMITIDA a quien se le impuso del precepto constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución Nacional y se le explica los motivos por los cuales se esta realizando la presente audiencia y el mismo expuso: su mama le dijo que le habían tres citaciones y como yo estoy trabajando no venia. . Se le cedió la palabra al Fiscal quien expuso: solicito se le mantenga la medida cautelar de presentación cada Ocho (8) días y se fije oportunidad para la audiencia de conformidad con el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Seguido se le cedió la palabra al defensora publica quien expuso: esta defensa esta de acuerdo que se mantenga la medida de presentación de mi defendido cada ocho (8) día y así como con la fijación de la audiencia de conformidad con al Art. 313 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo
DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Se acuerda que continué con la Medida Cautelar de Presentación cada Ocho (08) día, a los fines de mantenerlo vinculado al proceso. Se acuerda deja sin efecto la orden de captura. Se acuerda librar los oficios correspondientes a los fines de dejar sin efecto la captura. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Se acuerda fijar audiencia de conformidad con al Articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal para el día 11-03-2009 a las 9:00 am. Quedan los presentes debidamente notificados. Es Todo Regístrese y Cúmplase. Notifíquese a las partes.

La Juez de Control N° 1,

Abg. FLORANGEL ELENA MONASTERIOS


La Secretaria,