REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 10 de Febrero de 2009
195º y 147º
ACTA DE INICIO Y PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000915
PARTE ACTORA: Rommel Jose Coronado. Daniel Márquez, Gerardo Zorrilla, Jena Carlos Lara, Luis Eduardo Ramírez, Freddy Moreno, Nircio Lisboa y Freddy José Nieves Ramos, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N°s 11.516.913, 16.024.258, 8.979.986, 14.120.216, 18.076.366, 25.022.634, 17.764.672 y 16.024.349 respectivamente.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Antonio José Hamilton Romero, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 38.076.-
PARTE DEMANDADA: Constructora Cesgal C.A. y C.V.G. FERROCASA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Jairo Alfredo Pico Ferrer, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 124.638 , la empresa C.V.G. FERROCASA, no constituyó apoderado judicial alguno.
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Obligaciones Laborales

Hoy, 10 de Febrero de 2009, siendo las 09:30 a.m. día fijado para que tenga lugar la primera reunión de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparece el Dr. Antonio José Hamilton Romero, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 38.076 y quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la actora Rommel Jose Coronado. Daniel Márquez, Gerardo Zorrilla, Jena Carlos Lara, Luis Eduardo Ramírez, Freddy Moreno, Nircio Lisboa y Freddy José Nieves Ramos, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N°s 11.516.913, 16.024.258, 8.979.986, 14.120.216, 18.076.366, 25.022.634, 17.764.672 y 16.024.349 respectivamente por una parte y por la otra el Dr. Jairo Alfredo Pico Ferrer, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 124.638 y quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la litis consorte pasiva Constructora Cesgal C.A. dejándose expresa constancia que a la audiencia preliminar no compareció ni por intermedio de apoderado judicial, estatutario o legal la litis consorte pasiva C.V.G. FERROCASA, a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y se le otorga el derecho de palabra a la parte actora quien ratifica en todas y cada una de sus partes lo contenido en su escrito libelar alegando concluyendo de esta manera su exposición confiriéndosele de seguido el derecho de palabra a la parte demandada quien manifiesta reconocer la relación laboral, que la acción esta evidentemente prescrita, pero que sin embargo están dispuestos al dialogo, concluyendo su exposición. Acto seguido el tribunal solicita de las partes sus escritos de promoción de pruebas y sus elementos anexos, los cuales son consignados por las partes de la manera siguiente: PARTE ACTORA: Consigna en Un (01) folio útil su escrito de promoción sin anexos y la PARTE DEMANDADA CONSTRUCTORA CESGAL C.A.: Consigna en Cinco (05) folio útil su escrito de promoción de pruebas y en 76 folios útiles sus elementos probatorios los cuales se ordena mantener en reserva hasta la oportunidad procesal de ser agregados a los autos y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Viernes 13 de Marzo de 2009 a las 10:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.

El Juez
El Secretario

Dr. RICARDO COA MARTINEZ



Los Presentes