REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2008-000950
PARTE ACTORA: RICHARD EDUARDO ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 6.301.372
ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE: LUIS BARRIOS, IPSA Nro. 30.482
PARTE DEMANDADA: GRUPO RR.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA FERNANDEZ y FRANK RODRIGUEZ, IPSA Nros. 29.350 y 33.943 respectivamente.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, 29 de enero de 2009 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la parte demandada GRUPO RR., el abogado en ejercicio FRANK RODRIGUEZ, IPSA Nros. 33.943. el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ciudadano RICHARD EDUARDO ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 6.301.372, según la información suministrada por el Alguacil KELVIS CRESPO, titular de la cédula de Identidad V-17.319.046, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION, de igual forma se deja constancia de la presencia de la abogada AVIANNY GARCIA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 108.918, en su condición de Procurador Especial de Trabajadores
La Juez
El Secretario
Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
Abg. Gabriel Alonzo Moreno Viera
Parte Demandada El Alguacil
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