REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2007-001551
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIMIENTO)
PARTE DEMANDANTE: VICTOR DANIEL MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.14.842.930
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL LA CAROREÑA 1.355
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 26 de ENERO de 2009, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadano VICTOR DANIEL MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.14.842.930 no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil JOSE MARQUEZ, encargado de anunciar la audiencia. Se deja constancia que comparece la Abg. MARIA FERNANDA CHAVIEL en su condición de Procurador Especial de Trabajadores, más sin embargo de autos no se desprende que tenga cualidad para actuar en la presente causa. La parte demandada no compareció ni por medio de representante legal alguno o apoderado judicial. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ TOMÁS ÁLVAREZ MENDOZA
LA SECRETARIA
ABG. JOSELYN CARDENAS
PROCURADOR ESPECIAL DE TRABAJADORES
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