Quibor, 12 de Enero del 2009.
198° y 149°

EXP. N° 2646
PARTES: MARIVI DEL CARMEN GIL TERAN, C.I. N° V- 16.956.074
DIANNER JOSE COLINA POSADA, C.I. N° V-18.690.145.

BENEFICIARIO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

MOTIVO: MANUTENCION
Vista la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto a los folio Quince (15) suscrito por los Ciudadanos: MARIVI DEL CARMEN GIL TERAN y DIANNER JOSE COLINA POSADA, Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-16.956.074. Y 18.690.145, por cuanto tal actuación no es contraria al interés de: XXXXXXXXXXXXXXX, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena agregar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE

LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA