REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 28/01/2009, se cumplió la Comisión en la siguiente dirección: Avda. Principal vía El Ujano sede del Club Italo-Venezolano, Barquisimeto. El Tribunal notificó a la Ciudadana Celia R. Castillo de Ramírez, Administradora del Club. La Parte Actora vista la imposibilidad de llegar a un acuerdo, señala bienes a embargar. Siendo las 4:00 p.m., se presenta el Apoderado Judicial del Club Dr. Leonardo Sciscioli, IPSA N° 90.480, presenta copia del poder para agregarlo a los autos y pide se deje constancia de la presencia del Presidente del Club Rogelio Carrera, Presidente del Club Italo-Venezolano, quien dice quedar notificado de la misión del Tribunal a nombre de su representada, y que conforme a las facultades a él conferidas en acta de asamblea la cual consigna, procede a convenir (descrito en el Acta levantada). La Parte Actora en nombre y representación del demandado, acepta todos y cada uno de los pagos ofertados en el convenio.