REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-009527
“Vistos”.------------------------------------------------------------------------------------- Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por la ciudadana: IRAIDA JOSEFINA CAMACARO ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.373.377, asistida por la abogada MARTHA PEDRAZA ACERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.000; en el cual solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento, inserta en los libros llevados por ante la Alcaldía del Municipio Concepción, Distrito Iribarren, Estado Lara; actualmente Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 3664, folio 241 fte. del año 1.955; toda vez que en la misma se incurrió en el error de asentar el nombre de su madre como ORISTA, siendo el verdadero CRISTA. A tal efecto, acompaña a la solicitud, copia certificada de su Partida de Nacimiento emanada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Concepción, del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara y por el Registro Principal del Estado Lara; copia fotostática de la cédula de identidad y copia certificada del Acta de Defunción de su Madre. Admitida la solicitud, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Requiriendo a la solicitante consignar copia certificada del acta de nacimiento y los Datos Filiatorios de su progenitora. La solicitante consignó copia fotostática de escrito que certifica que la Partida de Nacimiento solicitada no se encuentra en los Libros del Registro Civil de Nacimientos llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro, Municipio Torres del Estado Lara y Original de los Datos Filiatorios de su madre. Cumplidos los requisitos de ley, para decidir el Tribunal observa: ------
U N I C O: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano vigente; y en base a la certificación de los Datos Filiatorios de la madre de la solicitante ciudadana CRISTA DEL CARMEN ALVAREZ DE CAMACARO, se evidencian plenamente los errores señalados en la solicitud, en el sentido de que el nombre correcto de la madre de la solicitante es CRISTA, y no ORISTA; por lo que considera quien juzga que la solicitud debe prosperar y así se decide. Por consiguiente este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO y ORDENA al Registrador Principal del Estado Lara, y al Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento N° 3664, folio 241 fte. del año 1.955. Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase copias certificadas de la presente decisión.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto, a los nueve días del mes de enero de dos mil nueve (2009). Años: 198° y 149°.

El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López El Secretario,


Abg. Roger José Adán Cordero
Seguidamente se publicó. Se dejó copia.
OERL/er

El suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara. CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original y la contiene el Expediente N° KP02-S-2008-9527, y se expide en Barquisimeto a los Nueve días del mes de Enero del Dos Mil Nueve. Años: 198° y 149° *er*
El Secretario


Abg. Roger José Adán Cordero


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y

TRANSITO DEL ESTADO LARA



ASUNTO N° KP02-S-2008-9527



SOLICITANTE: IRAIDA JOSEFINA CAMACARO ÁLVAREZ


MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS



SENTENCIA DEFINITIVA



CON LUGAR


FECHA 09/01/2009



Abg. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ








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PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 09 de enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-9527
OFICIO Nº: 47

CIUDADANO (A):
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA.
Su Despacho.

Me dirijo a usted en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio copia certificada de la Sentencia recaída en el presente asunto, a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros de registro civil de nacimientos.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ,



Abg. Oscar Eduardo Rivero López





OERL/er
Anexo lo indicado







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PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 09 de enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-9527
OFICIO Nº: 48

CIUDADANO (A):
JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÓN
DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA
Su Despacho.

Me dirijo a usted en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio copia certificada de la Sentencia recaída en el presente asunto, a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros de registro civil de nacimientos.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ,



Abg. Oscar Eduardo Rivero López





OERL/er
Anexo lo indicado