REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-M-2008-000653
Vista la transacción suscrita por el Abogado HUGO ZAMBRANO RODRIGUEZ, Endosatario en Procuración del ciudadano JUAN CARLOS ALONSO MONTEAVARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.364.600, por una parte y por la otra el ciudadano JOSE DELIS PEÑA OSORIO, titular de la cédula de identidad N° 8.048.481, en su carácter de Gerente General de la librada aceptante Sociedad Mercantil TRANSPORTE PRISAN C.A. en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimación), éste Tribunal habida consideración que ciertamente las partes en litigio mediante un contrato bilateral ponen fin al juicio y por ende de modo extraordinario a la relación sustantiva obligacional a que se contrae la presente causa, y siendo que disponen las partes intervinientes de la suficiente capacidad procesal para disponer del derecho en litigio, sin que en el fondo por otra parte la formula en referencia afecte el orden público ni verse en definitiva sobre materias para cuyo tratamiento por vía de contratación estén prohibidas las transacciones, le imparte su correspondiente homologación, en consecuencia, téngase la formula de auto-composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 266 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente.
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/mm
El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que las contiene el Expediente N° KP02-M-2008-653, Certificación que se expide, en Barquisimeto A los Veintiocho días (28) días del mes de Enero de 2009. Años 198° y 149°.
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
mm.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRANSITO DEL ESTADO LARA
ASUNTO N° KP02-M-2008-653
DEMANDANTE: JUAN CARLOS ALONSO
DEMANDADO: TRANSPORTE PRISAN C.A.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION)
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
28/01/2009
HOMOLOGACION
Abg.OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ
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