REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-015944
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: ROSARIO DEL CARMEN COLMENÁREZ LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.456.089, en su propio nombre y en su carácter de legitima madre de: JAMER JONAS SABROSO COLMENAREZ, asistida en este acto por la abogada en ejercicio BEATRIZ GIMENEZ., inscrita en el IPSA bajo el Nº 15.094.001, para que este tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 936 del código de procedimiento civil, LA DECLARE COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de quien en vida se llamara: JAMER JONAS SABROSO COLMENAREZ, con relación a los bienes que le pueda corresponder en su condición de tal. Vistos así mismo los recaudos acompañados con dicha solicitud, consistente en A) Original de Acta de Defunción. B) Original de Partida de Nacimiento. Este tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficiente en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones conteste y apreciables de los testigos evacuadas por ante este tribunal, los ciudadanos: Tomasa Antonia Valera de Torres y José de Deus Faria Pereira, suficientemente identificados; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el de cujus no ha tenido otra descendencia, ni legitima, ni natural. En consecuencia, considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el articulo 936 del código de procedimiento civil, para declararlos como titulo asegurativo al derecho que le asiste a la ciudadana ROSARIO DEL CARMEN COLMENÁREZ LANDAETA, en su condición de legitima madre, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de quien en vida se llamara JAMER JONAS SABROSO COLMENAREZ, dejando salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en libro diario.
El Juez
La Secretaria Acc.,
Abg. Harold Paredes Bracamonte.
Abg. Bianca Escalona.
HRPB/BE/rccg
LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. BIANCA ESCALONA.
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