REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION Nº 1

Barquisimeto, 13 de Enero de 2009
Años: 198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-001984
RATIFICACION AUTORIZACION DE TRASLADO

Por cuanto no se ha hecho efectivo el traslado del Centro de Reclusión actual del ciudadano PEDRO JOSE GUEDEZ VILLEGAS, C.I. Nº: 14.760.818, tal y como se acordó el 14 de Noviembre del 2008, este Tribunal en Función de Ejecución Nº 1 actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA RATIFICAR DICHA RESOLUCIÓN Y Ordena Oficiar nuevamente al Director del Centro Penitenciario de Aragua, para que realice el traslado de PEDRO JOSE GUEDEZ VILLEGAS, C.I. Nº: 14.760.818, con las seguridades del caso al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Uribana), haciendo la Salvedad este Juzgador que se deberá realizar el Procedimiento Legal establecido en la Ley de Régimen Penitenciario a través de la Coordinación de Traslados de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, tal y como lo señala los artículos 1, 9,11 y 12 de la mencionado Ley . Y Así Se Decide.-
Remítase Copia de la presente decisión anexa a Oficio al Director del Centro Penitenciario de Aragua; Notifíquese a la Fiscal 13 del Ministerio Público y la Defensa.
Regístrese, Publíquese.
EL JUEZ

ABG. LUIS MARTÍNEZ
EL SECRETARIO