REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora.
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Carora, veintiocho (28) de enero del dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: KP12-J-2009-000025
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, désele entrada. Revisada la presente solicitud de separación de cuerpos por mutuo consentimiento y los recaudos que la acompañan, presentado por los ciudadanos Elvis Javier Pérez Lameda e Hilda Josefina Torres Chirinos , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.377.531 y 15.673.190, respectivamente, domiciliados en esta ciudad, debidamente asistidos por la abogada Alejandra Briceño Álvarez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 119.637, este Juzgado por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley: declara dicha separación de cuerpos por mutuo consentimiento por estar fundamentada en causa legal. En virtud de que en el matrimonio Pérez Torres fue procreada una (01) hija de nombre: (Omitido art. 65 L.O.P.N.N.A), de conformidad con el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado, dicta las siguientes medidas provisionales:
“Primero: En cuanto a la patria potestad la ejercerán ambos padres.
Segundo: En cuanto a la custodia, la ejercerá la madre ciudadana Hilda Josefina Torres Chirinos.
Tercero: En cuanto al régimen de convivencia familiar, será amplio, es decir, el padre podrá visitar a su hija las veces que lo desee, pudiendo conducirla fuera del hogar los fines de semana y vacaciones, debiendo participarlo a la madre..
Cuarto: En cuanto a la obligación de manutención, se fija en la cantidad de cien bolívares (Bs. 100, oo) semanal para el sustento, además del cincuenta (50%) por ciento de los gastos concernientes a vestido, educación, asistencia y atención médica, medicinas, recreación, cultura y deporte requeridas por la niña.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA ISNTANCIA DE
MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS
LA SECRETARIA,
LAURA MARINA JUÁREZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 18 – 2009, y se publicó siendo las 3:14 p.m.
LA SECRETARIA,
Abg. LAURA MARINA JUÁREZ
|