REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, ocho de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: FP02-V-2008-001769
Visto el escrito de fecha 16 de diciembre de 2008 que contiene el arreglo transaccional suscrito entre la parte actora ciudadano DIEGO JAVIER MEJÍAS PÉREZ, a través de su apoderado judicial ABG. JOSÉ RAFAEL NATERA T., y la parte demandada ciudadana AURA GARCÍA DE RAMÍREZ, debidamente asistida por la profesional del derecho YULITZA GARCÍA en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, el Tribunal por cuanto no se trata de materia en la que estén prohibidas las transacciones y teniendo el apoderado de la parte actora facultad expresa para transigir conforme consta del instrumento poder acompañado al libelo de demanda, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil le imparte su aprobación, da por consumado el acto y procede Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a HOMOLOGAR, como en efecto así lo hace, dicha transacción en los términos siguientes: 1.) La demandada AURA GARCÍA DE RAMÍREZ, deberá entregar al actor la cantidad de Quince Mil Bolívares Fuertes (BsF. 15.000,00) mediante un cheque distinguido con el N° 30352242 de fecha 04 de diciembre de 2008 contra la cuenta corriente Nº 0008-00-1982-0000105291 del Banco Guayana a favor del ciudadano Diego Javier Mejías y la cantidad de Once Mil Trescientos Cuarenta Bolívares Fuertes (BsF. 11.340,00) el día 29 de diciembre de 2008; 2.) En caso de incumplimiento de la demandada el actor podrá solicitar la ejecución de la transacción, perdiendo la demandada todo derecho sobre el vehículo; 3.) El vehículo objeto de la presente demanda deberá ser puesto bajo la guarda y custodia del actor hasta tanto se dé cumplimiento a la transacción, para lo cual se ordena oficiar lo conducente al Estacionamiento Oficial Sifontes con sede en Tumeremo, Estado Bolívar, a fín de que, previo el pago de sus emolumentos, haga entrega del vehículo Marca Toyota, Tipo Sedán, Clase Automóvil; Modelo Corolla 1.6; Color Verde; Modelo Año 2007; Serial de Carrocería 8XA53ZEC179513348; Serial de Motor 3ZZE480488; Placas GDA-69X al ciudadano Diego Javier Mejías Pérez.
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCh/silvina.-
Resolución Nº PJ0192009000005
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