REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, nueve de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: FP02-M-2008-000030

Visto el desistimiento del procedimiento hecho por el profesional del derecho ANTONIO RAFAEL PADRON, con motivo del juicio COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION) incoado por el mencionado abogado contra el ciudadano LUIS OSWALDO GONZALEZ BERMUDEZ, todos plenamente identificados en autos, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y teniendo el apoderado actor facultad para desistir, dá por consumado el acto y procede, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a HOMOLOGAR como en efecto lo hace, como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Además se ordena devolver los originales señalados previa certificación en autos. En consecuencia, ordena dar por terminado las presentes actuaciones y remite el presente expediente a la oficina de Archivo Judicial de este estado a los fines de su mejor resguardo, constante de treinta y tres (33) folios útiles. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,


Abg. Manuel A. Cortés.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCh/silvina.-
Resolución N° PJ0192009000016.-