REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Puerto Ordaz, Veinte (20) de Enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000014
PARTE ACTORA: JOSE MEDINA, ORLANDO RAMON, ORTEGA RODRIGUEZ, ALEXANDER PEREZ GARCIA, GUSTAVO ENRIQUE ARIAS, ADARME CONTRERAS DELFIN, ALEXANDER JOSE RODRIGUEZ RAMIREZ, CESAR RAIMUNDO BARRETO SANTOYO y FREDY MANUEL ROBERTO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V-10.925.404, 8.955.354, 11.213.069, 9.279.466, 5.677.216, 19.803.274, 12.124.821 y 5.342.857, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: SALAZAR SAAVEDRA ENRIQUE RAFAEL, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 43.039.
PARTE DEMANDADA: GRAFITOS DEL ORINOCO, C.A. sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, anotado bajo el Nº 06, Tomo 39-A Segundo, en fecha 26 de febrero de 1986, e inscrita igualmente por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, el día 23 de abril d 1986, bajo el Nº 07, Tomo A-15.
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: CAROLINA ORTIZ MARTIN, abogada en ejercicio profesional e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.701.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE UTILIDADES.
INSTALACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIDO EL PROCESO – TERMINADO EL PROCEDIMIENTO
En el día de Hoy Veinte (20) de Enero de 2009, fecha y hora para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se hizo el llamado por el ciudadano Alguacil, tres (03) veces en la Sala de Audiencia de este Circuito Judicial Laboral, y a tales efectos compareció a esta Sala, únicamente el ciudadano DARIO LUGO PLAZ abogado en Ejercicio, de este domicilio, e inscrito en el IPSA bajo el Nº 8.664 en su condición de representante judicial de la Sociedad Mercantil GRAFITOS DEL ORINOCO, C.A representación ésta que se evidencia de instrumento poder que riela inserto en auto. Parte Demandada en la presente Causa. Dejándose constancia que los ciudadanos JOSE MEDINA, ORLANDO RAMON, ORTEGA RODRIGUEZ, ALEXANDER PEREZ GARCIA, GUSTAVO ENRIQUE ARIAS, ADARME CONTRERAS DELFIN, ALEXANDER JOSE RODRIGUEZ RAMIREZ, CESAR RAIMUNDO BARRETO SANTOYO y FREDY MANUEL ROBERTO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V-10.925.404, 8.955.354, 11.213.069, 9.279.466, 5.677.216, 19.803.274, 12.124.821 y 5.342.857, respectivamente. Partes Accionantes, no comparecieron ni por sí ni por medio de representante judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero 1º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCESO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. A los Veinte (20) días del mes de Enero del dos mil Nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ
Abg. JOSE ANTONIO MARCHAN.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA
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