REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-L-2008-002184

Dándose así inicio a la Audiencia. Se da inicio al acto. En este estado y luego de varias deliberaciones las partes manifiestan haber llegado a un acuerdo de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:

PRIMERO: Toma la palabra la representante legal de la parte accionada quien expone: “Luego de varias deliberaciones y revisando los alegatos del demandante en su escrito libelar, reconoce la relación laboral alegada y conviene en la demanda ofreciendo pagar la cantidad de OCHO BOLIVARES (Bs. 800,00), los cuales serán cancelados en este mismo acto, mediante cheque Nro. 59465269 girado contra el Banco Federal, a nombre de la Abg. DEISY MUÑOZ, quien esta facultada para recibir cantidades de dinero.

SEGUNDO: La representación de la parte accionante, toma la palabra y expone: ACEPTO el ofrecimiento de la parte accionada en cuanto a la cantidad y la forma de pago, ofrecida en este acto, que incluye todos y cada uno de los conceptos, por éste reclamados, sin quedar nada a reclamar por concepto de prestaciones sociales.-

TERCERO: La falta de provisión de fondos en el cheque entregado en este acto, dará derecho a la parte actora, a solicitar la ejecución forzosa de la presente acta de mediación.

CUARTO: Este Tribunal, vistos que la mediación ha sido positiva, de conformidad con el art. 133 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa Juzgada. Se hacen cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Archívese el expediente

La Juez,

Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada La Secretaria,

Las Partes Comparecientes