Quibor: 01 de Diciembre de 2009
199° y 150°
EXP. N° 2783
PARTES: ROSA ALBA ARAQUE CONTRERAS, C.I. Nº 9.612.218
SEGUNDO RAFAEL DIAZ PIÑA, C.I. Nº 7.467.101
BENEFICIARIO: XXXXXXXXXXXXXXXX
MOTIVO: JUICIO DE ALIMENTOS
Vista la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto al folio cuarenta (40) suscrito por los Ciudadanos: ROSA ALBA ARAQUE CONTRERAS y SEGUNDO RAFAEL DIAZ PIÑA, Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-9.612.218 y 7.467.101, por cuanto tal actuación no es contraria al interés de: XXXXXXXXXXXXXX, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena aperturar Cuaderno de Cumplimiento Alimentario agregando copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA
DRA. ANA MARIA AGUILERA PARRA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA
DRA. ANA MARIA AGUILERA
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