REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-016384

Vista la solicitud acompañada de recaudos, introducida por la ciudadana SILVIA PACHECO MENESES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 15.207.454, actuando en representación de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, de trece años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.137.276, en la que requiere se le conceda autorización judicial para que pueda viajar a Costa Rica, con fines familiares, a partir del día 31 de Diciembre del 2009 hasta el día 15 de Febrero del 2010, el Tribunal le da entrada y la admite por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley.
Examinados los recaudos presentados, y cumplidos como han sido los requisitos de Ley exigidos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y a tenor de lo previsto en el artículo 177, Parágrafo Cuarto Literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, para que realice el viaje en compañía de su madre SILVIA PACHECO MENESES a Costa Rica con fecha de salida el día 31 de Diciembre del 2009 y retorno el día 15 de febrero del 2010.
Entréguese a la solicitante el original, a los fines que surta efecto ante las Autoridades de Identificación y Extranjería. Désele salida y anótese en el libro respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los diecisiete (17) días del mes de Diciembre del 2009. Años 199° y 150°.


La Juez de Juicio Nº 1


Abg. Holanda Emilia Dam Hurtado
El Secretario


HDH/linda