REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 17 de Diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-D-2009-000918


AUTO DE MODIFICACION DE SITIO DE PRESENTACION


Visto escrito presentado por la Defensora Publica Abg. Maria Alejandra Mancebo, en representación del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en donde solicita se le otorgue la sustitución de la medida de presentación del Tribunal ante el Consejo de Protección del Tocuyo, este Tribunal ACUERDA LA MODIFICACION EN CUANTO AL SITIO DE PRESENTACION que deberá presentarse cada quince (15) días ante la Prefectura del Municipio Moran, el Tocuyo en virtud de que el referido joven es mayor de edad.

Este Tribunal acuerda el cambio solicitado en virtud de que el estado tiene la obligación de garantizar a los adolescentes imputados trato acorde con el fomento de su sentido de la dignidad humana, promoviendo la reintegración del adolescente, a los fines de que este asuma una función constructiva en la sociedad.

DECISIÓN

Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad ACUERDA LA MODIFICACIÓN DEL SITIO DE PRESENTACION; al joven IDENTIDAD OMITIDA ante Prefectura del Municipio Moran, que deberá comenzar a partir del 07 de enero de 2010, cada quince (15) días, todo de conformidad con el Art. 582 literal B de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena oficiar a la Defensa, Fiscal, adolescente y al Prefecto del Municipio Moran para participarle lo conducente y con el fin de que una vez el Tribuna solicite información sobre la presentación o sobre el cumplimiento de la medida del joven el mismo deberá dar respuesta de inmediato. Regístrese y Notifíquese.

LA JUEZ DE CONTROL Nº 01 (T)


ABG. LINA RODRIGUEZ.
LA SECRETARIA