REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES
TRIBUNAL CONTROL No. 1
Barquisimeto, 05 de Agosto de 2009

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-D-2005-000346

SOBRESEIMINETO DEFINITIVO
POR VENCIMIENTO DEL PROVISIONAL

TRIBUNAL
JUEZ: ABG. TABANIS BASTIDAS.
SECRETARIA: ABG. ROSA MENDOZA.
PARTES
IMPUTADOS: IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA.
DEFENSOR PUBLICO: CECILIA GALINDEZ.
FISCAL 19º DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. CAROLINA SIERRA y ABG. ALEJANDRA OLIVARES.
VICTIMA: JORGE LUIS GIL
DELITO: ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el Art. 357 del Código Penal.

En fecha 09 de Marzo de 2007, este Tribunal, decretó el Sobreseimiento Provisional a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA, por el delito Asalto a Transporte Colectivo, previsto y sancionado en el Art. 357 del Código Penal, por solicitud de las fiscales 19º del Ministerio Público Abg. Carolina Sierra y Abg. Alejandra Olivares, en vista de que han transcurrido más de Un (01) año desde que fuera dictado el Sobreseimiento Provisional de la causa sin que el Ministerio Publico solicitara la reapertura del Procedimiento.
HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION
La presente investigación se inicio mediante acta policía de fecha 01-07-05 suscrita por funcionarios adscrito a la Comisaría 42 Las Sábilas de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, quienes dejan constancia de lo siguiente: “Siendo las 03:15 horas de la tarde del día en curso, encontrándonos en labores de patrullaje en la vía Duaca-Barquisimeto sector el pampero, calle 3, se acerca una buseta de la línea Duaca, donde el conductor informo que unos sujetos armados los habían robado hace unos minutos y salieron corriendo por la vía principal del pampero, inmediatamente realizaron un operativo por el sector, encontrando a tres ciudadanos frente a la escuela del pampero donde previa identificación como funcionarios policiales… se procede a realizarle una inspección corporal,… no encontrándole ningún objeto proveniente del delito, luego se traslado a la sede de la comisaría Nº 42 de las Sábilas… quedando identificados como: 1.- IDENTIDAD OMITIDA, posteriormente se presento en la comisaría el ciudadano agraviado de nombre Luís Gil, conductor de la buseta marca Encava… en ese momento el ciudadano agraviado visualizo a los ciudadanos que bajaban de la unidad radio patrullera y los reconoce señalándolos como los que hace unos minutos los habían robado en la unidad de trasporte publico…”

FUNDAMENTO DE DERECHO

Revisadas las actuaciones se evidencia que durante el transcurso de un año, que venció el 09 de Marzo de 2008, no se solicitó la reapertura del procedimiento por ante este Tribunal. Siendo obligatorio para la Juez, declarar el sobreseimiento a tenor de lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que textualmente establece: “Si dentro del año dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura del procedimiento, el Juez de Control pronunciará el sobreseimiento definitivo".

DECISION


Por todo lo expuesto, este Tribunal de Control Nº 1 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, se declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDAY IDENTIDAD OMITIDA, por el delito ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el Art. 357 del Código Penal, según lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes.


LA JUEZ DE CONTROL Nº 1
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS
LA SECRETARIA
ABG. ROSA MENDOZA.