REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 17 de Abril de 2009
Años 198º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-1441
PARTE ACTORA: EDILVER CORDERO, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 12.535.890.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES L. RADEL, C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSEFA REAL HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 26.226.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, diecisiete (17) de Abril de dos mil nueve (2009) siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció la abogada MARIA FERNANDA CHAVIEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 102.161, en su condición de Procuradora de Trabajadores, y por la parte demandada INVERSIONES L. RADEL, C.A., su apoderada judicial abogada JOSEFA REAL HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 26.226, quien presenta a efecto videndi instrumento poder original a los fines de que se certifiquen las copias simples cursantes en autos y así se acuerda. La apoderada de la accionada presenta escrito de promoción de pruebas constante de 3 folios útiles Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Devuélvase el escrito de promoción de pruebas presentado.

La Jueza,

Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria,
Abg. Rosanna Blanco Lairet.-




Procuradora de Trabajadores Parte demandad