QUÍBOR, 24 DE ABRIL DE 2009
199° Y 1 50°

EXP. N 2703



PARTES: SOLICITANTE : YULI TERESA GOYO MENDOZA ,Venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, domiciliada en la calle 9,entre 13 y 14 cerca de la Ferretria El Negro, de esta ciudad de Quíbor, Parroquia Coronel Mariano Peraza Municipio Jiménez del Estado LARA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 14.228.487.
OBLIGADO:ORLANDO ANTONIO PIÑA , Venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Avenida El Stadium, calle 2, entre 4 y 5, N° 74-74,l callejón 3, El Caujaral, detrás de la Hacienda de Paco, de esta ciudad de Quibor, Parroquia Coronel Mariano Peraza Municipio Jiménez del Estado Lara, titular de la Cédula de Identidad N° 10.962.556.

BENEFICIARIOS: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION

Vista la solicitud de homologación Judicial suscrita por las partes ciudadanos: YULI TERESA GOYO MENDOZA Y ORLANDO ANTONIO PIÑA, en beneficio del niño, XXXXXXXXXXXXXXXXXX, plenamente identificados en autos , emanada de la Defensoria Comunitaria del Niño, Niña y del Adolescente de la Parroquia Coronel Mariano Peraza del Municipio Jiménez del Estado Lara, mediante el cual suscriben el ACTA DE CONCILIACIÓN , registrada bajo el N° 0304-08, que corre inserta al folio del presente expediente, por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la Apertura del Cuaderno de Cumplimiento Alimentario, anexándole copia certificada de la Conciliación y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. YUNIA ROSA GÓMEZ DUARTE
LA SECRETARIA

DRA. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

DRA. ANA MARIA AGUILERA