REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DEL MUNICIPIO CRESPO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
DUACA: 06 de Abril del 2009
AÑOS: 198º y 150º

Expediente: 271-2003
DEMANDANTE: MARIA ALEJANDRINA PEÑA
DEMANDADO: JOSÉ MARCELO OLIVARES
MOTIVO: EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Revisado el expediente se observa que la ciudadana MARÍA ALEJANDRINA PEÑA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.435.050, interpuso demanda por Pensión de alimentos, ahora obligación de manutención contra el ciudadano JOSÉ MARCELO OLIVARES, sin identificación en cuanto a nacionalidad, ni Cédula de Identidad, la cual se encuentra paralizada desde el mes de Abril del año 2.003, además la beneficiaria de la acción ciudadana MARIAN ALEJANDRA OLIVARES PEÑA nacida en fecha 23/03/1.989, según se evidencia de copia fotostática de Comprobante de Identificación que riela en el folio cuatro (04), es mayor de edad, contando con veinte (20) años de edad, en consecuencia este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 383 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, declara la extinción de la obligación de manutención, y así se decide.




DECISIÓN

En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, declara: EXTINGUIDA LA CAUSA de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana MARIA ALEJANDRINA PEÑA, en contra del ciudadano JOSÉ MARCELO OLIVARES, suficientemente identificados en autos.
Notifíquese a la parte actora.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los seis (6) días del mes de Abril del año Dos Mil Nueve (2009).- Años: 198° y 150°.-


El Juez Suplente Especial

Abog. Luis Rafael Alejos Pineda.-
La Secretaria,

Abog. Yoryelin Odreman Facenda.-
Seguidamente quedo publicada a las 10:20 a.m.
La Secretaria

Abog. Yoryelin Odreman Facenda