REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 30 de Abril del 2009
Años: 199° y 150°

Expediente No. 3.111-08
Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento.

Visto el Convenimiento suscrito entre la Abogada en ejercicio ROSANETT MORALES ALFONZO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 51.498 en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana BEATRIZ MILAGROS GUEDEZ DE SALAZAR, titular de la cedula de identidad N° 5.009.862 y ALIMENTOS KAMALUNCH C.A, Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 31 de octubre del 2005, anotado bajo el N° 33, Tomo 90-A, representada por la ciudadana ANA VICTORIA ESSER PRADO, titular de la cedula de identidad N° 13.566.177, parte demandada en este juicio, asistidas por la Abogada en ejercicio GLADYS CORDERO, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 114.852, plenamente identificado en autos, el cual cursa a los folios 5 y 6 del presente expediente, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia del presente auto en el copiador de sentencias del archivo de este Tribunal. Archívese la causa en su oportunidad.- Cúmplase.-
La Juez.



Dra. Coromoto de Del Nogal.

El Secretario.


Abg. Lucio Torres Armeya.

Seguidamente se dió cumplimiento con lo ordenado.
El Secretario.


Abg. Lucio Torres Armeya.