REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara- Carora
uno de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KH11-V-2007-000007
PARTES EN EL JUICIO:
DEMANDANTE: NEREIDA JOSEFINA RODRIGUEZ MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5. 934.693, de éste domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: PABLO SEGUNDO RODRIGUEZ, OLLARVES Y DUNNIA RIVAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 17.764 y 25.298.
DEMANDADO ALCIDES ALVAREZ CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5. 936.611, de éste mismo domicilio.
MOTIVO: PARTICIÒN DE BIENES CONYUGALES.

Por escrito presentado en fecha 02-05-07, la ciudadana NEREIDA JOSEFINA RODRIGUEZ MELENDEZ, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº 5. 934.693, y de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio PABLO SEGUNDO RODRIGUEZ, OLLARVES Y DUNNIA RIVAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 17.764 y 25.298, demandó al ciudadano, ALCIDES ALVAREZ CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.936.611, de éste mismo domicilio, en acción de Partición. Alega la demandante que contrajo matrimonio con el demandado el 27 de Septiembre de 1985, y luego el 4 de Agosto de 2006, se divorciaron por ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, con sede en esta ciudad de Carora, y que durante la Unión Conyugal obtuvieron bienes muebles e inmuebles que generaron gananciales, y ha sido prácticamente imposibles llegar a un acuerdo amistoso, describiendo los bienes habidos:
1)-un inmueble consistente en un Edificio con una área de construcción de seiscientos ochenta y ocho con noventa nueve metros cuadrados (688,99 mts2), debidamente registrado ante la Oficina Subalterna del municipio Torres Estado Lara, el 20 de Abril de 1993, bajo el Nº 49, folios 1 al 2, protocolo primero, tomo 1, segundo trimestre.
2.)- Una Finca denominada, ALLSTAR, ubicada en el Asentamiento Campesino, El Escobal, Burere, Parroquia Las Mercedes, Municipio Torres, Estado Lara.
3.) Un vehículo Marca Chevrolet, según certificado de Registro. Nº 23746748, expedido por el Instituto Nacional de Transito y Transporte del Ministerio de Infraestructura.
4.) Un vehículo Marca Jeep, certificado de Registro Nº 23055717, expedido por el Instituto Nacional de Transito y Transporte del Ministerio de Infraestructura.
5).Rebaños de Animales de Cría que se encuentran en la Unidad de Producción ALLSTAR, antes identificada.
Igualmente sostiene la accionante que celebró un pre-convenio con el demandado, la cual no fue cumplido como estaba previsto causándole serios daños, y fundamentado su demanda en el artículo, 768 y 777 al 788, del Código de Procedimiento Civil, y por ende solicitando medidas de de Prohibición de Enajenar y Gravar, Secuestro, y Embargo, estimándola en ochocientos cincuenta millones de Bolívares (850.000000). El 08 de Mayo de 2007 se admitió la DEMANDA DE PARTICIÒN, y se acordó emplazar al demandado ciudadano, ALCIDES ALVAREZ CARRASCO, para que compareciera por ante éste Juzgado dentro de los veinte (20) días de Despacho siguiente a su citación, en horas de Despacho, a dar contestación a la demanda (folio 23), previa Notificación de Ministerio Público. El 21-05-2007, se acuerda Medida de Prohibición de , del inmueble debidamente Registrado en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Torres Estado Lara bajo el Nº 25, folios 87 al 94 ,tomo 3º, protocolo 1º, cuarto trimestre; de fecha 03-12-1999. El 18de Junio de 2007, se recibió escrito de Contestación de Demanda (f. 54-55 ), y el 27 del corriente mes y año, se abre Cuaderno Separado a los fines de sustanciación y tramitación del presente Juicio; y el 13-070, se emplazan las partes para el nombramiento de Partidor. El 19 -07-07, la parte actora promueve pruebas, y el 01-08-07, se celebró el Acto de nombramiento del Partidor concurriendo únicamente la parte demandada, el 09 del mismo mes y años, se lleva a efecto nuevamente el acto de Nombramiento de Partidor en la cual ninguna de las partes concurrieron, quedando a discreción del Tribunal el Nombramiento respectivo, y designándose a Xiomara Trujillo, que luego es sustituida, por Arfel Perez Romero, quien el 26 de Mayo de 2008, presentó el informe de Partición respectivo. El 02 de Junio de 2008, el Juez Temporal, Benerando Rodríguez Piñero, se avoca al conocimiento de la presente causa.


Este Tribunal para decidir observa:
Analizadas las actas que conforman la presente causa consignadas en el expediente principal y las pretensiones expuesta por las partes en relación al condominio de los bienes. Designado el Partidor, conforme a lo previsto en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, y presentado el Informe de Partición el 26 de Mayo de 2008, sin objeción alguna. Se declara concluida la Partición de los bienes, respectos a los activos en la que no se evidencia contradicción, identificados ene. Informe de Partición cursante a los folios, 84 al 121 (pieza principal).
1.) E l cien por ciento ( 100%) de inmueble constituido por un Local Comercial, signado con el Nº 1, ubicado en la Planta baja del Edificio ubicado en la carrera 10 o Calle Bolívar entre avenida 14 de Febrero y Calle Camacaro, Zona Centro de la Ciudad de Carora, Municipio Autonomo0 Torres Estado Lara
2.) E l cien por ciento ( 100%) de inmueble constituido por un Local Comercial, signado con el Nº 2, ubicado en la Planta baja del Edificio ubicado en la carrera 10 o Calle Bolívar entre avenida 14 de Febrero y Calle Camacaro, Zona Centro de la Ciudad de Carora, Municipio Autónomo, Torres, Estado Lara.
3.)E l cien por ciento ( 100%) de inmueble constituido por un APARTAMENTO, ubicado en el Primer y Segundo Nivel del Edificio ubicado en la carrera 10 o Calle Bolívar entre avenida 14 de Febrero y Calle Camacaro, Zona Centro de la Ciudad de Carora, Municipio Autónomo Torres, Estado Lara
4.) E l cien por ciento ( 100%) de inmueble constituido por un ESTACIONAMIENTO, el cual corresponde al APARTAMENTO, ubicado en el Primer y Segundo Nivel del Edificio ubicado en la carrera 10 o Calle Bolívar entre avenida 14 de Febrero y Calle Camacaro, Zona Centro de la Ciudad de Carora, Municipio Autónomo, Torres, Estado Lara
5.) E l cien por ciento ( 100%) de un vehículo automotriz de las características siguientes: MARCA: Jeep; TIPO: Sport Wagòn: MODELO: Grand Cheroke; COLOR: Verde. AÑO: 1998: SERIAL DEL MOTOR: 8 Cil; SERIAL CARROCERIA: 8Y4GX58YEW1812202
6.) E l cien por ciento ( 100%) de un vehículo automotriz de las características siguientes: MARCA: Chevrolet; TIPO: SPORT Wagòn: MODELO: Trail Blazer; COLOR: Rojo y Gris. AÑO: 2002: SERIAL MOTOR: C22320299; SERIAL CARROCERIA: IGNDS13S022320299.

Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el informe de partición presentado por el ING. ARFEL F. PEREZ ROMERO, cursante a los folios 84 al 122 del presente expediente, impartiéndole la autoridad de cosa Juzgada. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del Juicio. Notifíquese las partes de conformidad con el articulo 251 ejusdem. Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada por Secretaría de esta sentencia y archívese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 01 de Abril de 2009.- Años: 198º y 150º.

El Juez Temporal,

Abg. BENERANDO RODRIGUEZ PIÑERO

El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

En ésta misma fecha se registró bajo el Nº 299-2009, se publicó siendo las 11:30. a.m. y se expidió copia certificada para archivo.-
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR