REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-F-2008-000689
Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada ciudadana CARMEN VIRGINIA URBINA, en fecha 23 de octubre de 3008, en el presente juicio de Reconocimiento de Filiación Materna, intentado por ALEJANDRO JOSE URBINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento del ciudadano ALEJANDRO JOSE URBINA, nacido en fecha 30 de Mayo de 1979, en el Hospital Central Antonio María Pineda, en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, hijo de CARMEN VIRGINIA URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 2.606.489.- *bp*
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario
Abog. Roger Adán Cordero
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