REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2009-004613

Vista la solicitud presentada por MARY CRUZ PERDIGON LEON, motivada a TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD; este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la materia. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Municipio Iribarren del Estado Lara.-
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Roger José Adán Cordero



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El suscrito, Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, contenido en el Expediente N° KP02-S-2009-004613, Certificación que se expide, en Barquisimeto a los veintiocho días del mes de abril de 2009. Años 199° y 150°.
El Secretario,

Abg. Roger José Adán Cordero


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL



JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA




ASUNTO N° KP02-S-2009-004613



SOLICITANTE: MARY CRUZ PERDIGON LEON



MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD



SENTENCIA INTERLOCUTORIA
(Declinación de Competencia)



28-04-2009







Abg. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ