REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-M-2009-000191

Vista la demanda de COBRO DE BOLIVARES, presentada por el ciudadano NELSON EDUARDO JAIMES DALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.610.969, de este domicilio, contra el ciudadano RAFAEL LUCIDIO GONZALEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 409.127; este Tribunal observa que por cuanto el demandado esta domiciliado en Siquisique, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 641 del Código Civil, corresponde su conocimiento a un Juzgado del Municipio Urdaneta Estado Lara; razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón del territorio; siendo el competente para ello el Juzgado del Municipio Urdaneta Estado Lara. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa al mencionado Juzgado.-

El Juez


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario


Abg. Roger Adán Cordero
Gdv.