REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-M-2009-000162

Visto el desistimiento de la presente demanda suscrito por la parte actora en fecha 22/04/2009, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimatoria), intentada por el ciudadano ARCADIO JOSE LINAREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.986.738, de este domicilio, asistido por el abogado JORGE RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 90.085, contra el ciudadano JEAN CARLOS JIMENEZ COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.884.056, domiciliado en Quibor, Estado Lara, por cuanto el mismo no es contrario a Derecho y versa sobre derechos disponibles, y reunido los requisitos de ley, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación, y así se establece. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Devuélvase el documento fundamental de la acción.-
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los treinta días del mes de Abril de 2009. Años 198° y 150°.

LA JUEZ

MARILUZ JOSEFINA PEREZ


LA SECRETARIA


ELIANA HERNANDEZ SILVA



MJP/Milagro