REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de abril de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-002074
Rect.Part.
C.F.
LA SUSCRITA JUEZ TITULAR MARILUZ JOSEFINA PEREZ, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. El ciudadano FRANCO ANTONELLI DI MATIA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.382.828, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado Ronald Jhain Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.328, solicitó la rectificación de su Acta de Matrimonio, la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 515, folio 191 fte, de fecha siete (07) de Diciembre del año 1.962, en el sentido que, erróneamente fue transcrita la fecha de nacimiento del solicitante, la cual aparece como que nació en fecha “28 DE FEBRERO DE 1.941”, siendo lo correcto que nació en fecha “26 DE FEBRERO DE 1.941”. Acompañó copia certificada del Acta de Matrimonio, copia de la cedula de identidad y copia de la partida de nacimiento del mismo. Admitida la solicitud en fecha 05/03/2.009, se notificó al Ministerio Público, datos filiatorios (f. 07). En fecha 24/03/2.009, el alguacil consignó boleta en donde se da por notificada la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 09). En fecha 26/03/2.009, compareció por ante este Despacho el ciudadano FRANCO ANTONELLI DI MATIA, asistido por el abogado Ronald Jhain Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.328, y confirió poder apud acta al mismo abogado (f. 11). En fecha 26/03/2.009, compareció por ante este Despacho el ciudadano FRANCO ANTONELLI DI MATIA, asistido por el abogado Ronald Jhain Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.328, y consignó acta de matrimonio solicitada expedida por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara (f. 13). En fecha 14/04/2.009, compareció por ante este Despacho el abogado Ronald Jhain Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.328 y consignó certificación de datos filiatorios solicitados en autos (f. 16).
Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación del Acta de Matrimonio y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio efectuada por el ciudadano FRANCO ANTONELLI DI MATIA y en consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el Acta de Matrimonio N° 515, folio 191 fte, de fecha siete (07) de Diciembre del año 1.962, en el sentido que, erróneamente fue transcrita la fecha de nacimiento del solicitante, la cual aparece como que nació en fecha “28 DE FEBRERO DE 1.941”, siendo lo correcto que nació en fecha “26 DE FEBRERO DE 1.941”. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintiún (21) días del mes de Abril de dos mil nueve (2.009). AÑOS: 199° y 150°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
El Secretario Acc.
GUSTAVO EMILIO POSADA
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
El Sec. Acc.-
MJP/Mónica
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