REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de abril de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-004135
Vista la solicitud presentada por el ciudadano BIAGIO ANTONIO PALERMA FIORITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V.- 4.720.319, de este domicilio, quien presentó un escrito donde solicita la RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO DE SUS PADRES, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su madre como “ESTHER FIORITO VITA” siendo el nombre correcto: “ESTERINA FIORITO VITA”; asentaron también erradamente que es natural de “BIVONATTI, ITALIA” siendo lo correcto natural de “VIBONATI, ITALIA”, así como también el nombre de su abuela como “CATARINA VITA”, siendo lo correcto “CATERINA VITA”.- La solicitud se admitió a sustanciación el día treinta y uno de marzo de dos mil nueve, y en esa misma fecha se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA: Rectificar dicha Acta de Matrimonio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre como: “ESTERINA FIORITO VITA”; que es natural de “VIBONATI, ITALIA”, así como también el nombre de su abuela como “CATARINA VITA”, siendo lo correcto “CATERINA VITA”.- En consecuencia, se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, a fin de que inserten la nota marginal en el acta de Matrimonio signada bajo el numero 296, folio 13 vto., del año 1953. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veintinueve (29) días del mes de abril de dos mil nueve. Años. 199º y 150º.-
EL JUEZ LA SECRETARIA ACC.

ABG. HAROLD PAREDES BRACAMONTE ABG. ANGELICA MENDIGAÑA
Publicada en su fecha a las 11:30 a.m.
HRPB/AM/Chaus3.-.