REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2009-003914
Vista la solicitud que procede suscrita por los ciudadanos YRMA ROSA MARTINES DE ESCALONA, ELIANNY YAMILITH ESCALONA MARTINES, JOSEIDYS JANETH ESCALONA MARTINES, MARIELE YOSELYN ESCALONA MARTINES, VICENTE ANTONIO ESCALONA MARTINES y VICEIR YAZULYS ESCALONA MARTINES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 6.946.841, 14.877.047, 15.171866, 16.277.360, 17.572.136 y 18.430.816 respectivamente, para que este tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 936 del código de procedimiento civil, los declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara: VICENTE ANTONIO ESCALONA RANGEL, con relación a los bienes que le pueda corresponder en su condición de tal. Vistos así mismo los recaudos acompañados con dicha solicitud, consistente en 1.- original de acta de defunción, 2.- originales de seis (6) actas de nacimiento. Este tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficiente en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones conteste y apreciables de los testigos evacuadas por ante este tribunal, los ciudadanos: JOSE ALVARADO y HECTOR JOSE CAÑIZALEZ, suficientemente identificados; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el de cujus no ha tenido otra descendencia, ni legitima, ni natural. En consecuencia, considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el articulo 936 del código de procedimiento civil, para declararlas como titulo asegurativo al derecho que le asiste los ciudadanos: YRMA ROSA MARTINES DE ESCALONA, ELIANNY YAMILITH ESCALONA MARTINES, JOSEIDYS JANETH ESCALONA MARTINES, MARIELE YOSELYN ESCALONA MARTINES, VICENTE ANTONIO ESCALONA MARTINES y VICEIR YAZULYS ESCALONA MARTINES, en su condición de cónyuge e hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara VICENTE ANTONIO ESCALONA RANGEL, quien falleció ab-intestato el día 04 de Enero de 2009, en esta ciudad de Barquisimeto, dejando salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en el libro diario. Librense copias certificadas. Devuélvanse originales con sus resultas.-

El Juez


Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria Acc,


Abg. Angelica Mendigaña.

HRPB/AM/ij.-