REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-V-2008-003691

Visto el DESISTIMIENTO, presentado por la Abogada en ejercicio PATRICIA VALERO NAVARRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 136.105, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora ciudadano ALBERTO PEREIRA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.663.860, en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, llevado en contra las ciudadanas MARIA YOLIMEL ROA CACERES y ASMIRIAM YOLIMAR ROA CASERES. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad. Devuélvanse documentos originales dejándose en su defecto copias certificadas de los mismos, una vez que la parte interesada consigne los fotostatos.-

El Juez, La Secretaria,

Abg. Harold R. Paredes Bracamonte. Abg. Luisa A. Aguero E

Seguidamente se certificó una copia del presente auto.
HRPB/LAAE/Lndem.