REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2009-002469
Los Ciudadanos ODALIS DEL CARMEN MORILLO DE ERRICO y CLAUDIO JOSE ERRICO MUSTO, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.226.953 y V-10.140.027, respectivamente, solicitó la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, en el sentido que figura 1) el nombre del padre (fallecido) de Claudio José Errico como “TOMASO”, siendo lo correcto “TOMMASO”, 2) El lugar de nacimiento de la contrayente como “BIJOTE”, siendo lo correcto ”BETIJOQUE”, 3) El nombre de la madre de la contrayente como “MARIA ZORAIDA TORREALBA, siendo lo correcto “MARIA SOLAIRA TORREALBA”. La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho, acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure 1) el nombre del padre (fallecido) de Claudio José Errico como “TOMMASO”, 2) El lugar de nacimiento de la contrayente como”BETIJOQUE”, 3) El nombre de la madre de la contrayente como “MARIA SOLAIRA TORREALBA”. En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia José Gregorio Bastidas, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE MATRIMONIO N° 48, Folio 049 fte, durante el año 1998. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.

Publíquese y regístrese.
Dada sellada y firmada en la sala del despacho de éste Tribunal. En Barquisimeto, a los Veintiún días del mes de Abril de dos mil Nueve.-
El Juez La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/Loreand La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.