REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2009-003272

El ciudadano OMAR EMILIO PEREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 7.464.028, domiciliado en el Caserío El Parchal, casa sin número, Parroquia Humocaro Alto, Municipio Morán del Edo. Lara, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error omitieron el primer nombre de su madre el cual es MARIA, siendo el nombre correcto de su madre MARIA ADELINA PEREZ DE PEREZ. La solicitud se admitió a sustanciación, se acordó resolver sumariamente previa notificación a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante, ya que por error omitieron el primer nombre de su madre el cual es MARIA, siendo el nombre correcto de su madre MARIA ADELINA PEREZ DE PEREZ. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA HUMOCARO BAJO, MUNICIPIO MORAN DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la partida de nacimiento Nro. 212, folio 106 vto., año 1960. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los diecisiete días del mes de marzo del dos mil nueve. Años: 198° y 150º.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
ABG. LUISA A. AGÜERO E.
Publicada en su fecha a las 12:30 p.m.
HRPB/LAAE/Ma. Elena.